Ajuste de estatus I-485

 
AdobeStock_106177216.jpeg

Ajuste de estatus I-485

Es el proceso para obtener la residencia permanente dentro de Estados Unidos sin necesidad de salir a la embajada de Estados Unidos. Es importante indicar que no todos son elegibles para este proceso. Existen muchos requisitos para obtener el ajuste de estatus, entre ellos se encuentran:

  • Estar legalmente casado con ciudadano y tener entrada legal a Estados Unidos; o la protección de la Ley 245I; o la protección de una Orden Ejecutiva del Presidente Obama, conocida como Parole in Place (PIP).

  • Haber ganado su caso de asilo  político para luego de un año poder solicitar la residencia a través del proceso de ajuste de estatus.

  • Tener un caso ganado de la visa U por ser víctima de violencia. Después de tres años con la visa U podrá solicitar el ajuste de estatus.

  • Si tiene un caso ganado con el departamento de labor (PERM) en algunos casos el trabajador podrá archivar el trámite de ajuste de estatus si tiene la protección 245I, o porque no ha acumulado presencia ilegal en EU.

  • Si es padre o madre de un hijo ciudadano mayor de 21 años de edad y tuvo entrada LEGAL al país o la protección de la 245I también podrá hacer un ajuste de estatus en EU.

  • Si aún tiene la protección de la ley 245I y está solicitando la residencia por algún familiar podrá terminar su caso con el ajuste de estatus al llegar su turno de espera (fecha de prioridad).